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Implicancias Ley de Inclusión

Escrito en Noticias Portada, El Julio 07, 2017, Por Administrador | Los comentarios están deshabilitados en Implicancias Ley de Inclusión |

Estimado apoderado:

La implementación de la Ley de Inclusión ha generado dudas, interrogantes, y algún grado de incertidumbre, entre los apoderados. El impacto de la ley no es igual para todos los colegios. El objeto de la presente, es aclarar los efectos que tienen, para las familias de nuestro establecimiento, los principales aspectos de dicha norma.

PRINCIPALES ASPECTOS DE LA LEY, Y SU IMPACTO PARA LAS FAMILIAS DE NUESTRO COLEGIO:

  • TRANSFORMACIÓN A PARTICULAR PAGADO, O CONTINUACIÓN COMO PARTICULAR SUBVENCIONADO: nuestro colegio continuará como un establecimiento particular subvencionado. Se ha optado por ésta modalidad, pues muchas familias no podrían pagar las mensualidades de un colegio particular pagado. Por lo tanto, para nuestras familias, ésta materia no implica cambio alguno.
  • FIN AL LUCRO: los colegios tienen plazo hasta el 30 de junio, o alternativamente, hasta 31 de diciembre de 2017 para transformarse entidad Sin Fines de Lucro. El Colegio Monte de Asís, se transformará en fundación, antes del 31 de diciembre. Esta materia tiene efectos en la propiedad del terreno y edificio del colegio. No tiene impacto alguno en la gestión educacional, por lo tanto, tampoco representa cambio, para las familias de nuestro colegio.
  • FIN A LA SELECCIÓN: a partir del año 2019, los colegios de la Región Metropolitana, no podrán tener ningún mecanismo de selección para la admisión de los nuevos estudiantes. Esta materia podría implicar pequeños cambios, pero el colegio ha adoptado medidas, fortaleciendo el apoyo a estudiantes con necesidades educativas especiales, para que no exista mayor efecto, en los aprendizajes de nuestros estudiantes.
  • FIN AL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO: es más apropiado hablar de CONGELAMIENTO EN UF, DEL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO, pues éste no se termina, sino que será paulatinamente (en el transcurso de algunas décadas) reemplazado por subvención general del Estado. Ahora, y para adelante, al inicio de cada año, en función de cómo varía la subvención general de cada establecimiento, el Ministerio de Educación fija el máximo a cobrar por cada colegio. En nuestro caso, el máximo autorizado a cobrar para el año escolar 2017, es de 41,687 unidades de fomento al año (aproximadamente $1.110.000). Por lo tanto, ésta materia, en los próximos 10 años, no debería implicar un cambio para las familias de nuestro colegio.
  • GRATUIDAD: a los colegios que tenían un financiamiento compartido de hasta, aproximadamente, $15.000 mensuales, el Estado les ha reemplazado dicho monto, por una subvención llamada de gratuidad, y por ello, esos colegios que pasarán a ser gratuitos. Por lo tanto, en esta materia, no hay cambios para las familias de nuestro colegio.

En síntesis, esta ley, para las familias de nuestro colegio, no implica mayores cambios. En otro tipo de establecimientos, implicará cambios. Nuestros apoderados pueden tener la confianza que el equipo directivo, profesores y personal de nuestro colegio, seguirán esforzándose cada día, para que nuestros estudiantes reciban educación integral, y de la mayor calidad. Espero que esto aclare las dudas que han surgido. Les saluda afectuosamente,

 

Rosana Morales
Directora General .

 

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